Retiene la Secretaría de Finanzas recursos a municipios morosos en el pago de agua.

Toluca, Estado de México
Miércoles 2 de Julio de 2008.

A petición de la Comisión Nacional del Agua, la Secretaría de Finanzas del gobierno estatal inició, conforme a la normatividad respectiva, la retención de recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN), a 34 municipios que presentan adeudos, a enero de este año tanto a la CONAGUA como a la Comisión del Agua del Estado de México, (CAEM), por más de 5 millones 200 mil pesos, informó Aristóteles Núñez, subsecretario de Ingresos.

Mencionó que 17 municipios tienen un adeudo total con la federación por un millón 323 mil 242 pesos por derechos de explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales y por el suministro de agua en bloque del Sistema Cutzamala y del Programa de Acción Inmediata (PAI). En este caso, los principales deudores son Teoloyucan, con más de 364 mil pesos; Cuautitlán México con una cifra superior a los 280 mil pesos; Jaltenco, con 145 mil 968 pesos; Nicolás Romero, con 117 mil 614 pesos y Zumpango, con 105 mil 362 pesos, entre otros.

En cuanto a la deuda que se tiene en el ámbito estatal, el funcionario de la Secretaría de Finanzas señaló que ésta asciende a casi 4 millones de pesos, y están involucrados 22 municipios, siendo los de mayor importancia Ecatepec, con un millón 691 mil 988 pesos; Tejupilco, con casi 459 mil pesos; y, La Paz, con 441 mil, 806 pesos.

Explicó que el cargo en este renglón obedece al concepto de derechos que deben pagarse por el suministro de agua en bloque, conducción de volúmenes utilizando infraestructura que opera la Comisión del Agua del Estado de México y suministro y recarga de reactivos Gas-Cloro e Hipoclorito de Sodio, a que se refieren el artículo 95 fracción II, del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Aristóteles Núñez señaló que se llevó a cabo la retención solicitada por CONAGUA, observando la gradualidad prevista en el artículo tercero transitorio del Decreto No. 123, así como con los límites establecidos en las Reglas publicadas por la Secretaría de Finanzas: es decir, lo que resulte menor del 40 por ciento del FORTAMUN o del 40 por ciento de la facturación mensual de cada uno de los municipios y, en su caso, de sus organismos operadores de agua.

Por su parte, los municipios que efectuaron pagos y se adhieran a las reglas federales, publicadas el 28 de marzo de 2008 y a las reglas publicadas por la Secretaría de Finanzas, podrán hacerse acreedores de los beneficios de disminución de sus adeudos históricos, que van desde la disminución de accesorios y actualización de los adeudos en materia federal y hasta el 75 por ciento adicional en adeudos del orden estatal.

La retención de recursos se efectuó con fundamento en los artículos 51 de la Ley de Coordinación Fiscal, 95 Bis, 230 A, 230 B, 230 C y 230 D, del Código Financiero del Estado de México y Municipios, así como por los artículos Primero, Tercero, y tercero transitorio del Decreto No. 123, por el que se reforman y adicionan los artículos 95 Bis, 230 A, 230 B, 230 C, 230 D, 230 E y 230 F del Código Financiero del Estado de México y Municipios, publicado el 27 de marzo de 2008 en el periódico oficial Gaceta del Gobierno y de conformidad con las Reglas publicadas por la Secretaría de Finanzas con fecha 24 de junio de 2008.