México, Distrito Federal
Sábado 22 de Marzo de 2008.
Los dos primeros detenidos ocurrieron a las 09:00 horas, en la esquina que forman las calles de Cuauhtemoc y Tenochtitlan, colonia Morelos, en el Barrio de Tepito, delegación Cuauhtemoc, donde dos hombre de 48 y 45 años de edad fueron sorprendidos desperdiciando el vital líquido, por los tripulantes de la patrulla P20-01 de la Unidad de Protección Ciudadana Morelos.
Otras de las detenciones se registraron en la esquina de Guadalupe Victoria y Calle 11, colonia Unidad Habitacional Arbolillo III, delegación Gustavo A. Madero, alrededor de las 09:27 horas, dos adultos de 32 y 18 años de edad, así como un menor de 17 años fueron capturados por los tripulantes de la unidad P01-04 del Sector Cuautepec, en el momento en que desperdiciaban agua.
También en la colonia 6 de Julio, en la referida demarcación, los tripulantes de la patrulla P01-15 adscritos al sector mencionado anteriormente, otros dos sujetos uno de 34 y un menor de 16 años, fueron arrestados cuando se aventaban agua en las calles Benito Quezada y Wenceslao.
Policías del mismo sector a bordo de la patrulla P01-09, capturaron a dos bañistas de 21 y 23 años de edad, en el cruce de las calles Aquiles Serdán e Independencia, colonia Malacates, en la referida delegación.
Mientras que uniformados de la patrulla P04-18 del Sector Quiroga, arrestaron a un hombre de 37 años y un menor de 17 años, en el momento en que desperdiciaban el vital líquido, en la esquina de Miguel Barragán y La Luz, colonia La Cruz, perímetro de Gustavo A. Madero.
Mientras que los tripulantes de la patrulla P04-03 arrestaron a un sujeto de 20 años, quien desperdiciaba agua en Ignacio Sierra y Blas Balcarcel, colonia Constitución de la República, en la referida demarcación.
En Iztapalapa, las remisiones se han registrado principalmente en las Unidades de Protección Ciudadana del sector Oasis y Teotongo, así como en el sector Santa Cruz.
Los detenidos fueron remitidos a los Juzgados Cívicos por infringir el Artículo 26, Fracción VIII, de la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal, el cual establece que es un infractor: “quien desperdicie el agua o impida su uso a quienes deban tener acceso a ella en tuberías, tanques o tinacos almacenadores, así como usar indebidamente los hidratantes públicos o impedir su uso”.
El mismo ordenamiento dispone que los infractores serán sancionados con una multa de 21 a 30 días de salario mínimo o un arresto de 24 a 36 horas.